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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237667
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Tercera Parte; Pág. 69
AGRARIO. QUEJA POR NO HABERSE OIDO A LOS REPRESENTANTES DE UN NUCLEO EJIDAL AL TRAMITAR Y RESOLVER DIVERSA QUEJA DE OTRA PARTE. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO EN APLICACION ANALOGICA DE LA FRACCION IV DEL ARTICULO 91 DE LA LEY DE AMPARO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Tercera Parte; Pág. 69
No entregado un tanto del escrito de queja al poblado que es parte en el negocio, tal omisión trae como consecuencia el quebrantamiento de los artículos 95, fracción IV, 96 y 98 de la Ley de Amparo, produciéndose en esta forma la indefensión del núcleo ejidal, que nada pudo decir en pro de sus intereses, razón que obliga a revocar la sentencia contra la que el citado núcleo endereza, a su vez, el recurso de queja, para el efecto de que se reponga el procedimiento, se proceda en los términos que señala el último párrafo del artículo 99 de la Ley de Amparo, y una vez exhibidas, en su caso, las copias necesarias del escrito de queja, se oiga al comisariado del aludido núcleo ejidal, entregándole una de esas copias, y se dicte resolución después de agotarse los trámites legales, todo esto de conformidad con el artículo 91, fracción IV, de la Ley de Amparo, de aplicación analógica en el caso.
Precedentes
Queja 205/79. Comisariado Ejidal del Poblado Milpillas, Atotonilco el Alto, Jalisco. 26 de noviembre de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Queja 14/79. Comisariado Ejidal del Ejido Piedras Negras. 21 de septiembre de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Eduardo Langle Martínez.
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volúmenes 54, página 18. Queja 89/67. Comisariado Ejidal del Poblado de Platón Sánchez del Municipio del mismo nombre, Veracruz. 7 de junio de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez.
Nota: En el Informe de 1981, 1982 y Apéndice 1917-1985, página 351, la tesis aparece bajo el rubro "QUEJA POR NO HABERSE OIDO A LOS REPRESENTANTES DE UN NUCLEO EJIDAL AL TRAMITAR Y RESOLVER DIVERSA QUEJA DE OTRA PARTE. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO EN APLICACION ANALOGICA DE LA FRACCION IV DEL ARTICULO 91 DE LA LEY DE AMPARO.".