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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237703
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Tercera Parte; Pág. 178

SENTENCIA. NO CAUSA AGRAVIO QUE SE ESTUDIEN LAS CUESTIONES CONTROVERTIDAS EN ORDEN QUE NO CORRESPONDE A RIGUROSA TECNICA JURIDICA.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Tercera Parte; Pág. 178

Precedentes

Amparo en revisión 3719/78. Guillermo del Cueto de la Fuente y otros. 26 de agosto de 1981. Mayoría de tres votos. Disidente: Eduardo Langle Martínez. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Registro digital (IUS): 237703