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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237713
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Tercera Parte; Pág. 220

AGRARIO. MANDAMIENTOS GUBERNAMENTALES DE EJECUCION (RESOLUCIONES PROVISIONALES). SU FALTA DE DEFINITIVIDAD NO MOTIVA LA IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO.

[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Tercera Parte; Pág. 220

Precedentes

Séptima Epoca, Tercera Parte: Volumen 62, página 19. Amparo en revisión 3684/73. Comisariado Ejidal del Poblado "Pedernales", Municipio de Tacámbaro, Estado de Michoacán. 14 de febrero de 1974. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Secretario: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Volumen 75, página 21. Amparo en revisión 2978/74. Nuevo Centro de Población Ejidal "Villa Flores", Chiapas. 6 de marzo de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Secretario: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Volumen 85, página 17. Amparo en revisión 1929/75. Benjamín López García. 28 de enero de 1976. Cinco votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro. Secretario: Luis Tirado Ledesma. Volumen 86, página 16. Amparo en revisión 1380/75. María Elvira Rivera de Truqui y otro. 9 de febrero de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Secretario: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Volúmenes 151-156, página 61. Amparo en revisión 1633/81. Beatriz Parás Gómez. 19 de noviembre de 1981. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Nota: En el Informe de 1982 y Apéndice 1917-1985, página 217, la tesis aparece bajo el rubro "MANDAMIENTOS GUBERNAMENTALES DE EJECUCION (RESOLUCIONES PROVISIONALES). SU FALTA DE DEFINITIVIDAD NO MOTIVA LA IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO.".
Registro digital (IUS): 237713