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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237738
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Tercera Parte; Pág. 29

AGRARIO. PERITOS QUE NO PUEDEN DESIGNARSE POR EL JUEZ DE DISTRITO.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Tercera Parte; Pág. 29

Precedentes

Amparo en revisión 2844/79. Porfirio Félix Morales. 25 de junio de 1981. Cinco votos. Ponente: Arturo Serrano Robles. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volúmenes 133-138, página 36. Amparo en revisión 479/78. Luis Obregón Santacilia. 23 de abril de 1980. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Eduardo Langle Martínez. Nota: En los Informes de 1980 y 1981, la tesis aparece bajo el rubro "PERITOS. CUANDO NO PUEDEN DESIGNARSE POR EL JUEZ DE DISTRITO.".
Registro digital (IUS): 237738