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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237749
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Tercera Parte; Pág. 55

AGRARIO. TERCEROS PERJUDICADOS. TIENEN ESE CARACTER LOS PARTICULARES A QUIENES SE RESPETARON SUS PROPIEDADES QUE RESULTARON AFECTADAS POR UNA RESOLUCION PRESIDENCIAL.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Tercera Parte; Pág. 55

Precedentes

Amparo en revisión 5298/77. Isidro Félix de La Cruz y otros (Poblado de La Noria, Municipio de Atzalá, Estado de Veracruz). 23 de marzo de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Eduardo Langle Martínez. Nota: En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "TERCEROS PERJUDICADOS. TIENEN ESE CARACTER LOS PARTICULARES A QUIENES SE RESPETARON SUS PROPIEDADES QUE RESULTARON AFECTADAS POR UNA RESOLUCION PRESIDENCIAL.".
Registro digital (IUS): 237749