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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237758
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Tercera Parte; Pág. 66
CUANTIA INDETERMINADA. VIOLACIONES PROCESALES Y RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ DE SANCIONES SIN DETERMINAR SU MONTO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Tercera Parte; Pág. 66
Si en el juicio de amparo se reclaman violaciones procesales consistentes en la falta de notificación del auto por el cual se señaló la fecha de la audiencia en el juicio fiscal y en las determinaciones tomadas en esa audiencia, así como el reconocimiento en la sentencia de la validez de la determinación de imponer una multa, se trata de un negocio de cuantía indeterminada, si en la sentencia reclamada se reconoce únicamente la facultad de la autoridad demandada de imponer a la quejosa la sanción correspondiente, sin precisar el monto de la misma.
Precedentes
Amparo directo 6978/78. Clínica y Maternidad Conchita, A.C. 26 de marzo de 1981. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.