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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237759
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Tercera Parte; Pág. 67

FALLECIMIENTO DEL AGRAVIADO O TERCERO PERJUDICADO DESPUES DE SU EMPLAZAMIENTO AL JUICIO DE AMPARO. A QUIENES INCUMBE CONTINUAR LA TRAMITACION.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Tercera Parte; Pág. 67

Precedentes

Amparo en revisión 6351/78. Comité Particular Ejecutivo Agrario del Poblado "Ixhuacán de Los Reyes", Municipio del mismo nombre, Estado de Veracruz. 26 de febrero de 1981. Cinco votos. Ponente: Eduardo Langle Martínez. Nota: En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "JUICIO DE AMPARO, FALLECIMIENTO DEL AGRAVIADO O TERCERO PERJUDICADO DESPUES DEL EMPLAZAMIENTO AL. A QUIENES INCUMBE SU TRAMITACION.".
Registro digital (IUS): 237759