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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237764
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Tercera Parte; Pág. 77
LEYES, AMPARO CONTRA. PROCEDENCIA DEL JUICIO. REQUIERE QUE LA SENTENCIA PUEDA ENJUICIAR TODAS LAS QUE SIRVEN DE FUNDAMENTO EFICAZ AL ACTO RECLAMADO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Tercera Parte; Pág. 77
Cuando el acto reclamado se funda en dos o más decretos y basta con el apoyo que uno de ellos le proporciona para que se mantenga en pie por lo que ve a su fundamentación legal, motivando que, si por virtud de sobreseimiento resuelto por el Juez de Distrito respecto de un decreto, no recurrido, no es dable, en la revisión, determinar si dicho decreto contraviene o no la Carta Magna, resultaría intrascendente adentrarse en el análisis de la legalidad del diverso decreto, pues cualquiera que fuese el resultado a que sobre el particular se llegara, el citado acto mantendría su obligatoriedad en atención a la sustentación que le brinda el decreto a que se contrae el sobreseimiento; es decir, aun en el supuesto de que se llegara a estimar que uno de los decretos es inconstitucional, el acto de su aplicación en cuanto se apoya en dicho decreto, no podría ser invalidado y, por lo mismo, la sentencia que al respecto se dictara carecería del efecto que, como objetivo del juicio de garantías, precisan el artículo 80 de la Ley de Amparo y la tesis jurisprudencial número 174, de la Octava Parte, página 297, del último Apéndice de Jurisprudencia del Semanario Judicial de la Federación.
Precedentes
Amparo en revisión 4131/80. Hermelinda de Jesús Hernández. 15 de enero de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.