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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237769
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Tercera Parte; Pág. 98
PRUEBAS, DESECHAMIENTO ILEGAL DE. OMISION DE LAS AUTORIDADES DE EXPEDIR CONSTANCIAS.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Tercera Parte; Pág. 98
Resulta legalmente inadmisible la determinación del Juez de Distrito de declarar desiertas determinadas pruebas por el hecho de que la autoridad no proporcione las constancias que le han sido solicitadas reiteradamente, pues el juzgador está en aptitud de obligar a dicha autoridad a cumplir sus mandatos por los procedimientos legales.
Precedentes
Amparo en revisión 4458/79. Angel Campos Angón y otros (Poblado Quicayan, Municipio de Tecomatlán, Puebla). 4 de febrero de 1981. Cinco votos. Ponente: Arturo Serrano Robles.