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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237771
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Tercera Parte; Pág. 103
RENTA, APLICACION NO RETROACTIVA DE LOS ARTICULOS 31 Y 41 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA. TASA DEL 20%.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Tercera Parte; Pág. 103
No debe considerarse retroactiva la aplicación de la Ley del Impuesto sobre la Renta en sus artículos 31 y 41 por el hecho de que la autoridad fiscal hubiera exigido la retención del 20% sobre el importe de los intereses pagados por préstamos concertados con instituciones de crédito extranjeras no registradas en el país, si en el momento de su aplicación estaban vigentes y se aplicaron a situaciones acontecidas durante esa vigencia, sin que sea obstáculo para ello el que las reglas generales para el registro de las instituciones de crédito domiciliadas fuera de la República hubieran sido expedidas y publicadas con posterioridad al período en el que se le fincó el crédito a la quejosa y en el que se denegó la inscripción de la empresa extranjera en el registro relativo.
Precedentes
Amparo directo 4215/78. Almacenes Syr, S.A. 4 de febrero de 1981. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.