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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237781
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Tercera Parte; Pág. 34

AGRARIO. RESOLUCIONES PRESIDENCIALES. REQUISITOS PARA CONSIDERARLAS EJECUTADAS.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Tercera Parte; Pág. 34

Precedentes

Amparo en revisión 6598/79. Comisariado Ejidal de la Comunidad Agraria del Huaco, Municipio de Gabriel Zamora, Michoacán. 10 de septiembre de 1980. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Eduardo Langle Martínez. Nota: En el Informe de 1980, la tesis aparece bajo el rubro "RESOLUCIONES PRESIDENCIALES, REQUISITOS PARA CONSIDERARLAS EJECUTADAS.". En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "RESOLUCIONES PRESIDENCIALES DE DIVISION DE EJIDOS, REQUISITOS PARA CONSIDERARLAS EJECUTADAS.".
Registro digital (IUS): 237781