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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237804
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Tercera Parte; Pág. 17
AGRARIO. DERECHOS COMUNALES, ACTOS QUE LESIONAN LOS. NO SE CONFIERE LEGITIMACION ACTIVA PARA RECLAMARLOS EN AMPARO A LOS COMUNEROS EN PARTICULAR.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Tercera Parte; Pág. 17
Los comuneros que demandan amparo por su propio derecho respecto de actos que no afectan de manera directa sus intereses jurídicos particulares, sino los colectivos del núcleo de población, carecen de legitimación para intentarlo, atendiendo a que es el representante que se elige en los términos del artículo 358 de la Ley Federal de la Reforma Agraria quien está en aptitud de promover el juicio de garantías en defensa de la citada comunidad, o, en defecto de este, el comunero o comuneros con la representación sustituta que les confiere el artículo 231, fracción II, de la Ley de Amparo; por ello, si los mencionados quejosos no promueven el juicio con la aludida representación sustituta, sino por su propio derecho, es de concluirse que el mismo resulta improcedente.
Precedentes
Amparo en revisión 3633/80. Felipe Rodríguez González y otros. 8 octubre de 1980. Cinco votos. Ponente: Arturo Serrano Robles.
Véase Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Tercera Parte, Segunda Sala:
Tesis 26, página 51, bajo el rubro "DERECHOS COLECTIVOS, ACTOS QUE LESIONAN LOS. NO SE CONFIERE LEGITIMACION ACTIVA EN AMPARO A LOS EJIDATARIOS EN PARTICULAR.".
Tesis 27, página 53, bajo el rubro "DERECHOS COLECTIVOS DE LOS NUCLEOS DE POBLACION, AFECTACION DE. AMPARO PROMOVIDO POR EJIDATARIOS POR SU PROPIO DERECHO. FALTA DE LEGITIMACION ACTIVA.".
Nota: En el Apéndice 1917-1985, la tesis aparece bajo el rubro "DERECHOS COMUNALES, ACTOS QUE LESIONAN LOS. NO SE CONFIERE LEGITIMACION ACTIVA PARA RECLAMARLOS EN AMPARO A LOS COMUNEROS EN PARTICULAR".