Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/237811
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237811
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Tercera Parte; Pág. 24
AGRARIO. HEREDEROS DEL PROPIETARIO AFECTADO CON DOTACION DE QUE TUVO CONOCIMIENTO, NO PUEDEN CONSIDERARSE EXTRAÑOS AL PROCEDIMIENTO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Tercera Parte; Pág. 24
No ejercitada en su oportunidad la acción constitucional por el autor de una sucesión, contra resolución presidencial agraria que lo afecta, que conoció en tiempo para combatirla en amparo, si con posterioridad la impugna el albacea de la sucesión, se considera que reclama un acto consentido; pues los herederos, a quienes representa, como causahabientes del autor de la sucesión, no pueden tener una situación jurídica distinta de la de su causante, y por lo mismo, en cuanto a dichos actos se refiere, se surte la causa de improcedencia que previene la fracción XII del artículo 73 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo en revisión 4202/79. Sucesión de Agustín Díaz Morales y otros (acumulados). 19 de noviembre de 1980. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volumen 3, página 96. Amparo en revisión 8105/68. Miguel Soto Contreras y coagraviados. 17 de marzo de 1979. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Nota:
En el Volumen 3, página 96, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. HEREDEROS DEL PROPIETARIO DE TIERRAS AFECTADAS CON DOTACION, QUE FUE NOTIFICADO Y EXPUSO SU OPINION AL RESPECTO. NO PUEDEN CONSIDERARSE TERCEROS EXTRAÑOS A ELLA.".
En el Apéndice 1917-1985, página 327, la tesis aparece bajo el rubro "HEREDEROS DEL PROPIETARIO AFECTADO CON DOTACION DE QUE TUVO CONOCIMIENTO, NO PUEDEN CONSIDERARSE EXTRAÑOS AL PROCEDIMIENTO.".
En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "HEREDEROS, DOTACION DE TIERRAS RECLAMADA POR. ACTOS CONSENTIDOS CUANDO EL PROPIETARIO AUTOR DE LA SUCESION TUVO CONOCIMIENTO DE LA AFECTACION SIN COMBATIRLA.".