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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237829
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Tercera Parte; Pág. 43

CADUCIDAD POR EXTINCION DE FACULTADES FISCALES, EL HECHO DE QUE EL RECURSO INTERPUESTO CONTRA LA LIQUIDACION DE UN CREDITO FISCAL SE FALLE DESPUES DE CINCO AÑOS, NO BASTA PARA ESTIMAR CONSUMADO EL PLAZO DE LA.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Tercera Parte; Pág. 43

Precedentes

Amparo directo 6019/79. Agustín Morales Gordillo, S.A. 10 de noviembre de 1980. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volúmenes 121-126, página 43. Amparo directo 4838/77. Librolandia, S.A. 10 de enero de 1979. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Serrano Robles.
Registro digital (IUS): 237829