Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/237832
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237832
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Tercera Parte; Pág. 47

CONVENIO DE COORDINACION FISCAL PARA EL COBRO DEL IMPUESTO FEDERAL SOBRE INGRESOS MERCANTILES CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNO FEDERAL Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO, DE 15 DE ENERO DE 1973, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 22 DE MARZO DEL MISMO AÑO. FACULTADES DE LAS AUTORIDADES LOCALES.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Tercera Parte; Pág. 47

Precedentes

Revisión fiscal 43/80. Portofino, S.A. 10 de noviembre de 1980. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Eduardo Langle Martínez. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Registro digital (IUS): 237832