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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237836
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Tercera Parte; Pág. 70
EXENCION, DECRETOS QUE DEROGAN UNA. NO IMPLICAN CONSTITUIR OBLIGACIONES FISCALES.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Tercera Parte; Pág. 70
El decreto que deroga la exención de un impuesto no tiene el efecto de constituir una obligación fiscal para quienes no la tenían, pues los beneficiados con la franquicia fiscal son causantes del impuesto respectivo, pero que no están obligados a enterar el crédito tributario por encontrarse en condiciones de privilegio, de tal manera que, derogada la exención que los beneficiaba, renace su obligación de enterar el impuesto correspondiente.
Precedentes
Amparo en revisión 1532/79. Agustín Corona Romero y otro (acumulados). 27 de octubre de 1980. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.