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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237850
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Tercera Parte; Pág. 110

PRUEBA PERICIAL VALIDA AUNQUE SEA ADMITIDA EN PROCEDIMIENTO QUE SE REPUSO.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Tercera Parte; Pág. 110

Precedentes

Amparo en revisión 4270/79. Inmobiliaria M.A.R.L., S.A. 9 de julio de 1980. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Secretario: Raúl Molina Torres. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 60, Tercera Parte, página 21 (3 asuntos), tesis de rubro "PRUEBA PERICIAL OFRECIDA Y DESAHOGADA DENTRO DE PROCEDIMIENTO REPUESTO. NO ES DE TOMARSE EN CUENTA PARA PRONUNCIAR EL NUEVO FALLO.". Nota: En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "PRUEBA PERICIAL. CASO EN QUE DEBE VALORARSE CUANDO SEA ADMITIDA EN EL PROCEDIMIENTO QUE SE REPUSO.".
Registro digital (IUS): 237850