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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237869
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Tercera Parte; Pág. 199

DEMANDA DE AMPARO, AMPLIACION DE LA. DEBE CORRERSE TRASLADO DE ELLA AL TERCERO PERJUDICADO. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO.

[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Tercera Parte; Pág. 199

Precedentes

Séptima Epoca, Tercera Parte: Volumen 59, página 27. Amparo en revisión 3820/73. Eugenia Gutiérrez León de Aguilar. 29 de noviembre de 1973. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Secretario: Fernando Lanz Cárdenas. Volúmenes 103-108, página 69. Amparo en revisión 910/77. Trinidad Palacios Miranda. 6 de octubre de 1977. Cinco votos. Ponente: Atanasio González Martínez. Secretario: Sergio Torres Eyras. Volúmenes 109-114, página 69. Amparo en revisión 2038/77. María Luisa Barreto de Moreno, sucesión y otros (acumulados). 12 de abril de 1978. Cinco votos. Ponente: Arturo Serrano Robles. Secretario: José Alejandro Luna Ramos. Volúmenes 127-132, página 47. Amparo en revisión 4498/79. Enrique Alvelais Corral. 22 de noviembre de 1979. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Serrano Robles. Volúmenes 139-144, página 67. Amparo en revisión 2829/79. Rafael Valdovinos Díaz. 24 de septiembre de 1980. Cinco votos. Ponente: Eduardo Langle Martínez.
Registro digital (IUS): 237869