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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237892
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Tercera Parte; Pág. 34

AGRARIO. NOTIFICACIONES POR LISTA DE ACUERDOS. NO SON VALIDAS PARA SUBSANAR LA FALTA DE REPRESENTACION DE ALGUNA DE LAS PARTES. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO EN MATERIA AGRARIA.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Tercera Parte; Pág. 34

Precedentes

Amparo en revisión 4469/76. Eleazar Benítez Delgado. 21 de abril de 1980. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volúmenes 121-126, página 30. Amparo en revisión 2396/78. Ignacio Guerra de la Garza. 10 de enero de 1979. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Atanasio González Martínez. Nota: En el Volumen 121-126, página 30, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. NOTIFICACIONES POR LISTA DE ACUERDOS. NO SON VALIDAS PARA SUBSANAR LA FALTA DE REPRESENTACION DE UNA DE LAS PARTES.". En el Informe de 1980, la tesis aparece bajo el rubro "NOTIFICACIONES POR LISTA DE ACUERDOS. NO SON VALIDAS PARA SUBSANAR LA FALTA DE REPRESENTACION DE ALGUNA DE LAS PARTES. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO EN MATERIA AGRARIA.".
Registro digital (IUS): 237892