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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237894
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Tercera Parte; Pág. 36
AGRARIO. NULIDAD DE FRACCIONAMIENTOS. DUPLICIDAD DE LOS PROCEDIMIENTOS RESPECTIVOS ILICITA.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Tercera Parte; Pág. 36
Si las responsables no demostraron haber resuelto el expediente relativo a la nulidad del fraccionamiento de predios propiedad de la parte quejosa, y se acredita que las propias autoridades iniciaron otro procedimiento de igual naturaleza, con identidad de sujetos, predios y razones, existe una duplicidad de procedimientos no autorizada por precepto legal alguno, que por ello carece de fundamento y motivo y es conculcatoria de las garantías de legalidad y de seguridad jurídica consagradas en los artículos 14 y 16 constitucionales.
Precedentes
Amparo en revisión 1303/78. Ana Luisa Graf de Melo y otras. 13 de marzo de 1980. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Nota: En el Informe de 1980, la tesis aparece bajo el rubro "NULIDAD DE FRACCIONAMIENTOS. DUPLICIDAD DE LOS PROCEDIMIENTOS RESPECTIVOS.".