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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237896
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Tercera Parte; Pág. 39
AGRARIO. POSESION, PRUEBA DE. FACULTAD DEL JUZGADOR PARA ATENERSE A ELEMENTOS DIFERENTES A LA TESTIMONIAL.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Tercera Parte; Pág. 39
La posesión y afectación de las tierras cuestionadas en el juicio no solamente pueden acreditarse con las pruebas testimonial y pericial. El Juez está facultado para tener por demostrados esos hechos valiéndose de diversos documentos aportados por las partes y concederles valor probatorio pleno ajustándose a su prudente arbitrio, a que lo autoriza el artículo 197 del Código Federal de Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente en materia de amparo, para apreciar los elementos de convicción allegados al procedimiento, en especial aquellos que se hacen constar en diligencias practicadas por las autoridades agrarias con personal técnico en la materia.
Precedentes
Amparo en revisión 4994/77. Comisariado Ejidal del Poblado Teacal, Municipio de Huejutla, Hidalgo. 30 de marzo de 1980. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Atanasio González Martínez.
Nota:
En el Apéndice 1917-1985, página 286, la tesis aparece bajo el rubro "POSESION, PRUEBA DE. FACULTAD DEL JUZGADOR PARA ATENERSE A ELEMENTOS DIFERENTES A LA TESTIMONIAL.".
En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "POSESION, PRUEBA. FACULTAD DEL JUZGADOR EN AMPARO AGRARIO PARA APRECIAR ELEMENTOS DIFERENTES A LA TESTIMONIAL.".