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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237909
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Tercera Parte; Pág. 69
INCONFORMIDAD CONTRA LAS ACTAS DE AUDITORIA. OMISION DE ACORDAR LA SOLICITUD DE PRORROGA DEL PLAZO PARA LA PRESENTACION DE PRUEBAS.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Tercera Parte; Pág. 69
Si las autoridades administrativas omiten acordar la solicitud de prórroga del término que para la presentación de pruebas en el medio de defensa administrativo de inconformidad contra actas de auditoría establece la fracción VIII del artículo 84 del Código Fiscal de la Federación, formulada por el interesado, no puede por ello estimarse negada la prórroga solicitada, sino que dicha omisión implica privar al causante de la oportunidad de presentar pruebas, lo que se traduce en dejarlo en estado de indefensión, en franca inobservancia de la garantía de audiencia consagrada en el artículo 14 constitucional.
Precedentes
Revisión fiscal 108/70. Productora de Hielo de Jalisco, S.A. 30 de abril de 1980. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Secretario: José Javier Aguilar Domínguez.