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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237912
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Tercera Parte; Pág. 79

PRECIOS, CONTROL OFICIAL DE. DECRETO DE 24 DE SEPTIEMBRE DE 1976 (DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION DE 27 DE SEPTIEMBRE DE 1976). SANCIONES INDEBIDAS.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Tercera Parte; Pág. 79

Precedentes

Amparo en revisión 4111/79. Cyanamid de México, S.A. de C.V. 12 de marzo de 1980. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Secretario: José Tena Ramírez. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volúmenes 127-132, página 63. Amparo en revisión 3591/78. Richardson Merrel, S.A. de C.V. 29 de agosto de 1979. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Registro digital (IUS): 237912