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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237919
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Tercera Parte; Pág. 92
REVISION FISCAL, REQUISITO DE IMPORTANCIA PARA LA PROCEDENCIA DE LA. NO LO CONSTITUYE LA EXISTENCIA DE TESIS CONTRADICTORIAS SOSTENIDAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Tercera Parte; Pág. 92
La circunstancia de que se sostengan tesis contradictorias por los Tribunales Colegiados de Circuito sobre alguna materia, no es apta para tener por acreditado que se satisfaga el requisito de importancia previsto por el artículo 242 del Código Fiscal de la Federación, pues ello es ajeno al asunto en sí mismo considerado y no puede servir de base para valorar la importancia de éste.
Precedentes
Revisión fiscal 49/79. Fierro Esponja, S.A. 16 de enero de 1980. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Serrano Robles. Secretario: José Alejandro Luna Ramos.