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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237929
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Tercera Parte; Pág. 115

JUICIOS FISCALES. LA SUSPENSION DEL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDA EN EL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES NO ES UNA INSTITUCION QUE SE PUEDA APLICAR SUPLETORIAMENTE.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Tercera Parte; Pág. 115

Precedentes

Revisión fiscal 176/78. Joaquín López Cabal. 26 de septiembre de 1979. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Serrano Robles. Revisión fiscal 117/78. Cía. Sílice Pizzuto, S.A. 19 de julio de 1979. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Serrano Robles.
Registro digital (IUS): 237929