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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237935
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Tercera Parte; Pág. 129
AGRARIO. COMISARIADOS EJIDALES. DESTITUCION O REMOCION DE SUS MIEMBROS. ACTOS NO DEFINITIVOS.
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Tercera Parte; Pág. 129
Los actos de destitución o remoción de los integrantes de los comisariados ejidales realizados por autoridades agrarias, son actos que, en los términos de los artículos 10, fracción XI, de la Ley Federal de Reforma Agraria y 6o., fracciones IX y X, 83 y 88, fracción IV, del reglamento interior del departamento del ramo, aplicable conforme al segundo párrafo del artículo 2o. transitorio de la mencionada ley agraria, deben someterse a la consideración y decisión del secretario de la Reforma Agraria; por lo que no constituyen actos definitivos para los efectos del amparo, el cual sólo sería procedente contra la resolución que, en su caso, llegara a dictar la autoridad competente aprobando la destitución o remoción de los miembros del comisariado ejidal, de sus cargos de autoridades internas del ejido.
Precedentes
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volumen 57, página 14. Amparo en revisión 2569/73. Rubén Macías Martínez. 21 de septiembre de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Secretario: Fernando Lanz Cárdenas.
Volúmenes 109-114, página 23. Amparo en revisión 6765/77. Comisariado Ejidal de San Diego Chalma, Municipio de Tehuacán, Puebla. 29 de junio de 1978. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Secretario: José Tena Ramírez.
Volúmenes 115-120, página 10. Amparo en revisión 6479/77. Heraclio Flores Luna. 20 de julio de 1978. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Secretario: José Tena Ramírez.
Volúmenes 133-138, página 15. Amparo en revisión 2842/79. Simón López Rosales y otro. 14 de enero de 1980. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Volúmenes 133-138, página 15. Amparo en revisión 7544/79. Lerdo Reyes Oliveros. 24 de marzo de 1980. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Nota: En el Informe de 1980, la tesis aparece bajo el rubro "COMISARIADOS EJIDALES. DESTITUCION O REMOCION DE SUS MIEMBROS. ACTOS NO DEFINITIVOS.".