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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237946
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Tercera Parte; Pág. 138
AGRARIO. REPRESENTACION SUSTITUTA DE NUCLEO AGRARIO. REQUISITOS.
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Tercera Parte; Pág. 138
Los requisitos para que opere la representación sustituta de núcleos agrarios por quienes no integran sus órganos directivos, son los siguientes: que el representante sustituto haga valer en el juicio los derechos colectivos del núcleo de población correspondiente; que de la demanda aparezca claramente que la intervención del sustituto obedece a la actitud omisa del comisariado y que su intención es, precisamente, suplir esa actitud y asumir la representación del núcleo en defensa de los intereses colectivos de éste; y que los promoventes acrediten con cualquier constancia fehaciente ser ejidatarios del núcleo respectivo.
Precedentes
Séptima Época, Tercera Parte:
Volumen 4, página 120. Amparo en revisión 9191/67. Ejido de San Andrés Cuexcontitlán, Municipio de Toluca, México. 24 de abril de 1969. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Volumen 21, página 20. Amparo en revisión 2714/70. Antonio Curiel Barraza y coagraviados. 30 de septiembre de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.
Volumen 55, página 21. Amparo en revisión 1464/73. Apolonio Olvera Martínez y coagraviados. 30 de julio de 1973. Cinco votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez.
Volúmenes 127-132, página 24. Amparo en revisión 834/79. Domitilo Cayetano C. y otros. 23 de agosto de 1979. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Volúmenes 133-138, página 43. Amparo en revisión 7209/79. José Valdez Barreras y otros. 27 de marzo de 1980. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Nota: En el Informe de 1980 y en el Apéndice 1917-1985, página 315, la tesis aparece bajo el rubro "REPRESENTACION SUSTITUTA DE NUCLEO AGRARIO. REQUISITOS.".