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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237946
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Tercera Parte; Pág. 138

AGRARIO. REPRESENTACION SUSTITUTA DE NUCLEO AGRARIO. REQUISITOS.

[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Tercera Parte; Pág. 138

Precedentes

Séptima Época, Tercera Parte: Volumen 4, página 120. Amparo en revisión 9191/67. Ejido de San Andrés Cuexcontitlán, Municipio de Toluca, México. 24 de abril de 1969. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Volumen 21, página 20. Amparo en revisión 2714/70. Antonio Curiel Barraza y coagraviados. 30 de septiembre de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Volumen 55, página 21. Amparo en revisión 1464/73. Apolonio Olvera Martínez y coagraviados. 30 de julio de 1973. Cinco votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez. Volúmenes 127-132, página 24. Amparo en revisión 834/79. Domitilo Cayetano C. y otros. 23 de agosto de 1979. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Volúmenes 133-138, página 43. Amparo en revisión 7209/79. José Valdez Barreras y otros. 27 de marzo de 1980. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Nota: En el Informe de 1980 y en el Apéndice 1917-1985, página 315, la tesis aparece bajo el rubro "REPRESENTACION SUSTITUTA DE NUCLEO AGRARIO. REQUISITOS.".
Registro digital (IUS): 237946