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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237950
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 127-132, Tercera Parte; Pág. 13
AGRARIO. COMISARIADOS EJIDALES, SUSPENSION EN SUS FUNCIONES DE UN MIEMBRO DE LOS. LEGITIMACION ACTIVA.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 127-132, Tercera Parte; Pág. 13
La representación del ejido recae en el presidente, el secretario y el tesorero del comisariado ejidal, conjuntamente; sin embargo, si sólo a alguno de sus miembros se le suspendió en sus funciones y, por consiguiente, es el único afectado con dicho acto, el mismo se encuentra legitimado para ejercer la acción constitucional.
Precedentes
Amparo en revisión 1795/78. Procopio Cruz Lucio. 10 de octubre de 1979. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Serrano Robles.
Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 49, la tesis aparece bajo el rubro "COMISARIADOS EJIDALES, SUSPENSION EN SUS FUNCIONES DE UN MIEMBRO DE LOS. LEGITIMACION ACTIVA.".