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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237953
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 127-132, Tercera Parte; Pág. 16
AGRARIO. DEMANDA DE AMPARO PRESENTADA POR COMITE PARTICULAR EJECUTIVO. DEBE ACOMPAÑARSE DE PRUEBAS DE LOS CARGOS RESPECTIVOS, O RECABARSE DE OFICIO. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 127-132, Tercera Parte; Pág. 16
Si en los autos no existe constancia alguna que permita determinar si los que se ostentan como integrantes del comité particular ejecutivo agrario que hicieron suya la demanda de amparo suscrita por los primeramente promoventes, son o no los representantes legales del poblado quejoso, procede revocar la sentencia recurrida y ordenar la reposición del procedimiento para el efecto de que el Juez de Distrito provea lo necesario a fin de recabar de oficio el documento o documentos en los que se haga constar si las mencionadas personas eran, en la época en que hicieron suya la demanda de referencia, los integrantes del comité particular ejecutivo agrario demandante, procediendo en los términos del artículo 215 de la Ley de Amparo, y en su oportunidad dicte la resolución que en derecho estime pertinente.
Precedentes
Amparo en revisión 4903/77. Nuevos Centros de Población Ejidal "Felipe Angeles" y Alvaro Obregón, Municipio de Abasolo, Tamaulipas. 2 de agosto de 1979. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Amparo en revisión 5435/78. José de Jesús Maldonado Sandoval y otros. 12 de julio de 1979. Unanimidad cuatro votos. Ponente: Arturo Serrano Robles.
Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 265, la tesis aparece bajo el rubro "DEMANDA DE AMPARO PRESENTADA POR COMITE PARTICULAR EJECUTIVO. DEBE ACOMPAÑARSE DE PRUEBAS DE LOS CARGOS RESPECTIVOS, O RECABARSE DE OFICIO. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO.".