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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237957
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 127-132, Tercera Parte; Pág. 23

AGRARIO. POBLADO TERCERO PERJUDICADO, EMPLAZAMIENTO DEL. PRACTICADO POR LISTA DE ACUERDOS, CARECE DE VALIDEZ.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 127-132, Tercera Parte; Pág. 23

Precedentes

Amparo en revisión 6913/78. Carlos García Soto. 9 de agosto de 1979. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Eduardo Langle Martínez. Secretario: José Luis Gómez Molina. Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 148, la tesis aparece bajo el rubro "POBLADO TERCERO PERJUDICADO, EMPLAZAMIENTO DEL. PRACTICADO POR LISTA DE ACUERDOS, CARECE DE VALIDEZ.".
Registro digital (IUS): 237957