Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/237980
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237980
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 127-132, Tercera Parte; Pág. 100
REVISION EN AMPARO. FALTA DE AVISO DE LA INTERPOSICION DE, AL A QUO. NO PROVOCA DESECHAMIENTO DEL RECURSO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 127-132, Tercera Parte; Pág. 100
Que el recurrente haya dado el aviso a que se refiere el artículo 88 de la Ley de Amparo extemporáneamente, después de que el Juez de Distrito declaró ejecutoriada su sentencia, no puede conducir al desechamiento del recurso de que se trata, en caso de que lo haya interpuesto en tiempo ante esta Suprema Corte. Ciertamente, la prevención establecida por el artículo 88, en cita, no constituye una exigencia cuyo desacato pueda interpretarse en el sentido de sancionar con el desechamiento del recurso al recurrente que omita dar el aviso de que se trata, o que lo dé extemporáneamente, toda vez que no se prevé expresamente tal sanción en el precepto mencionado, como, dada su severidad, debiera efectuarse.
Precedentes
Reclamación en amparo en revisión 2826/75. Klaus Feldman Petersen y otros. 15 de noviembre de 1979. Mayoría de tres votos. Ausente: Atanasio González Martínez. Disidente: Eduardo Langle Martínez. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volúmenes 127-132, página 129. Reclamación en el amparo en revisión 5041/77. Paul James Henry Cherry. 15 de marzo de 1979. Mayoría de tres votos. Disidentes: Eduardo Langle Martínez y Atanasio González Martínez. Ponente: Jorge Iñárritu.
Volúmenes 103-108, página 91. Amparo en revisión 5499/75. Ramón Trujillo Escareño. 29 de septiembre de 1977. Mayoría de tres votos. Disidentes: Atanasio González Martínez y Eduardo Langle Martínez. Ponente: Arturo Serrano Robles.
Nota: En los Volúmenes 103-108, página 91, la tesis aparece bajo el rubro "REVISION EN AMPARO. FALTA DE AVISO DE INTERPOSICION AL A QUO. NO PRODUCE DESECHAMIENTO DEL RECURSO.".