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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237990
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 127-132, Tercera Parte; Pág. 143

CUANTIA INDETERMINADA.

[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 127-132, Tercera Parte; Pág. 143

Precedentes

Séptima Epoca, Tercera Parte: Volúmenes 115-120, página 62. Amparo en revisión 452/78. Ingenio Tala, S.A. 3 de agosto de 1978. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Secretario: José Tena Ramírez. Volúmenes 115-120, página 62. Amparo en revisión 926/78. Cristales Inastillables de México, S.A. 23 de noviembre de 1978. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Volúmenes 121-126, página 47. Revisión fiscal 114/78. Hojalata y Lámina, S.A. 27 de junio de 1979. Cinco votos. Ponente: Arturo Serrano Robles. Volúmenes 127-132, página 44. Revisión fiscal 189/78. Botica Moderna, S.A. 25 de julio de 1979. Cinco votos. Ponente: Eduardo Langle Martínez. Volúmenes 127-132, página 44. Amparo en revisión 260/79. Organización Constructora Potosina, S.A. 27 de agosto de 1979. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Registro digital (IUS): 237990