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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237996
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 121-126, Tercera Parte; Pág. 15

AGRARIO. COMPETENCIA. LAS AUTORIDADES AGRARIAS SON COMPETENTES PARA CONOCER DE CONTROVERSIAS SOBRE REPLANTEO DE LINDEROS, AUNQUE TAL SITUACION SE MENCIONE CON NOMBRE DIVERSO.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 121-126, Tercera Parte; Pág. 15

Precedentes

Amparo en revisión 5753/77. Filiberto Arceo Reyes y otros (Comisariado Ejidal del Poblado Buenavista, Municipio de Valle de Juárez, Estado de Jalisco). 7 de febrero de 1979. Cinco votos. Ponente: Eduardo Langle Martínez. Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 22, la tesis aparece bajo el rubro "COMPETENCIA. LAS AUTORIDADES AGRARIAS SON COMPETENTES PARA CONOCER DE CONTROVERSIAS SOBRE REPLANTEO DE LINDEROS, AUNQUE TAL SITUACION SE MENCIONE CON NOMBRE DIVERSO.".
Registro digital (IUS): 237996