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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238034
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 115-120, Tercera Parte; Pág. 50

AGRARIO. INTERES JURIDICO, CARENCIA DE, CUANDO NO SE AFECTEN DERECHOS COLECTIVOS SINO SOLO INTERESES PARTICULARES DE CADA EJIDATARIO. AMPARO INTENTADO POR ESTOS EN REPRESENTACION SUSTITUTA DEL EJIDO.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 115-120, Tercera Parte; Pág. 50

Precedentes

Amparo en revisión 6976/77. J. Guadalupe Barajas Barragán y otros, (acumulados). 6 de julio de 1978. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Secretaria: Ma. Antonieta Azuela Güitrón. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 3, Tercera Parte, página 51, tesis de rubro "AGRARIO. COMISARIADOS EJIDALES. REPRESENTAN LOS INTERESES DEL NUCLEO EJIDAL Y CARECEN DE INTERES JURIDICO RESPECTO DE LOS ACTOS QUE AFECTAN LOS INTERESES PARTICULARES DE CADA EJIDATARIO.". Nota: En el Informe de 1978, la tesis aparece bajo el rubro "INTERES JURIDICO, CARENCIA DE, CUANDO NO SE AFECTAN DERECHOS COLECTIVOS SINO SOLO INTERESES PARTICULARES DE CADA EJIDATARIO. AMPARO INTENTADO POR ESTOS EN REPRESENTACION SUSTITUTA DEL EJIDO.".
Registro digital (IUS): 238034