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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238062
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Tercera Parte; Pág. 22
AGRARIO. CERTIFICADOS DE INAFECTABILIDAD, PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA LA EXPEDICION DE. GARANTIA DE AUDIENCIA A LOS NUCLEOS AGRARIOS UBICADOS DENTRO DEL RADIO LEGAL DE AFECTACION.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Tercera Parte; Pág. 22
Los delegados agrarios tienen la obligación de citar a los núcleos agrarios ubicados dentro del radio legal de afectación, en el procedimiento administrativo instaurado para la expedición de los certificados de inafectabilidad, según lo dispone el artículo 354 de la Ley Federal de Reforma Agraria, que en su parte relativa dice lo siguiente: "transcurrido el plazo, citará a los núcleos agrarios ubicados dentro del radio legal de afectación ... para que en un plazo de veinte días expongan lo que a su derecho convenga". Por tanto, si las autoridades responsables en el procedimiento administrativo que culmina con la expedición de los certificados de inafectabilidad a favor de los terceros perjudicados, en terrenos que según los promoventes pertenecen al ejido, no concedieron a éste la garantía de audiencia contenida en el artículo 14 de la Constitución Federal, en virtud de que no le notificaron legalmente la instauración de dicho procedimiento para que estuviese en aptitud de rendir pruebas y formular alegatos, por no aparecer en los autos del juicio de garantías prueba alguna de que las autoridades así lo hubiesen hecho, debe concederse el amparo al ejido quejoso.
Precedentes
Amparo en revisión 4117/77. Ejido Arroyo Blanco, Municipio de Martínez de La Torre, Estado de Veracruz. 29 de junio de 1978. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Atanasio González Martínez.
Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 182, la tesis aparece bajo el rubro "CERTIFICADOS DE INAFECTABILIDAD, PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA LA EXPEDICION DE. GARANTIA DE AUDIENCIA A LOS NUCLEOS AGRARIOS UBICADOS DENTRO DEL RADIO LEGAL DE AFECTACION.".