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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238077
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Tercera Parte; Pág. 42

AGRARIO. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO CUANDO SE TIENE COMO REPRESENTANTE DEL NUCLEO TERCERO PERJUDICADO AL COMITE PARTICULAR EJECUTIVO Y NO AL COMISARIADO EJIDAL.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Tercera Parte; Pág. 42

Precedentes

Amparo en revisión 5984/76. Atanasia Cazarín de Muñoz y Eduardo Muñoz. 15 de febrero de 1978. Cinco votos. Ponente: Eduardo Langle Martínez. Secretario: José Luis Gómez Molina. Nota: En el Informe de 1978, la tesis aparece bajo el rubro "REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO CUANDO SE TIENE COMO REPRESENTANTE DEL NUCLEO TERCERO PERJUDICADO AL COMITE PARTICULAR EJECUTIVO Y NO AL COMISARIADO EJIDAL.".
Registro digital (IUS): 238077