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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238106
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 103-108, Tercera Parte; Pág. 35

AGRARIO. ASAMBLEA GENERAL DE EJIDATARIOS PARA ELECCION DE COMISARIADO EJIDAL. REQUISITOS PARA SU VALIDEZ.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 103-108, Tercera Parte; Pág. 35

Precedentes

Amparo en revisión 3336/77. Juan Alarcón García y otros. 8 de diciembre de 1977. Cinco votos. Ponente: Arturo Serrano Robles. Secretario: Carlos Amado Yáñez. Véase Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Tercera Sala: Volumen 28, página 43, tesis de rubro "AGRARIO. COMISARIADOS EJIDALES. CELEBRADA LA ELECCION DE SUS MIEMBROS, LA DOCUMENTACION RELATIVA AL ACTO DEBE SOMETERSE A LA CONSIDERACION DEL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASUNTOS AGRARIOS Y COLONIZACION.". Volumen 78, página 13, tesis de rubro "AGRARIO. ASAMBLEA GENERAL DE EJIDATARIOS O COMUNEROS. REQUISITOS DE VALIDEZ DE LA MISMA.". Volúmenes 91-96, página 17, tesis de rubro "AGRARIO. COMISARIADOS EJIDALES. ELECCION DE SUS MIEMBROS. REVISION DEL PROCEDIMIENTO RELATIVO.". Nota: En el Informe de 1978 y Apéndice 1917-1985, página 72, la tesis aparece bajo el rubro "ASAMBLEA GENERAL DE EJIDATARIOS PARA ELECCION DE COMISARIADO EJIDAL. REQUISITOS PARA SU VALIDEZ.".
Registro digital (IUS): 238106