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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238114
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 103-108, Tercera Parte; Pág. 45

AGRARIO. EJIDATARIOS O COMUNEROS, DEBEN PROBAR TENER EL CARACTER DE; LOS QUE DICEN SER BENEFICIADOS POR UNA RESOLUCION PRESIDENCIAL QUE NO HACE RELACION DE LAS PERSONAS A QUIENES BENEFICIA.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 103-108, Tercera Parte; Pág. 45

Precedentes

Amparo en revisión 4771/76. Comunidad de Santa María Chimalhuacán, Municipio del mismo nombre, Estado de México. 13 de octubre de 1977. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 63, Tercera Parte, página 15, tesis de rubro "AGRARIO. EJIDATARIOS QUE DICEN SER BENEFICIARIOS DE RESOLUCION PRESIDENCIAL QUE NO HACE RELACION DE LAS PERSONAS QUE BENEFICIA. DEBEN PROBAR ESE CARACTER PARA ESTAR LEGITIMADOS PARA DEFENDER EN AMPARO DERECHOS COLECTIVOS DEL NUCLEO DE POBLACION.".
Registro digital (IUS): 238114