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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238122
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 103-108, Tercera Parte; Pág. 52

AGRARIO. NOTIFICACION PERSONAL Y TRASLADO DE COPIAS DE INTERROGATORIOS A NUCLEO EJIDAL. DEBE ENTENDERSE CON LOS TRES MIEMBROS QUE INTEGRAN EL COMISARIADO EJIDAL.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 103-108, Tercera Parte; Pág. 52

Precedentes

Amparo en revisión 113/77. Rafael Vives Hurtado (sucesión) y otro; (acumulados). 22 de septiembre de 1977. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volúmenes 103- 108, Tercera Parte, página 52, tesis de rubro "AGRARIO. NOTIFICACION PERSONAL DE SENTENCIA A NUCLEO EJIDAL. DEBE EFECTUARSE CON LOS TRES MIEMBROS QUE INTEGRAN EL COMISARIADO Y HACERSE CONSTAR QUE DEMOSTRARON QUE TIENEN LOS CARGOS RELATIVOS.".
Registro digital (IUS): 238122