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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238127
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 103-108, Tercera Parte; Pág. 58
AGRARIO. REPRESENTANTE COMUNAL, AMPARO PROMOVIDO POR. SU LEGITIMACION PROCESAL ACTIVA.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 103-108, Tercera Parte; Pág. 58
Tratándose de una resolución de confirmación y titulación de terrenos comunales dictada por la autoridad administrativa a favor de un poblado y que resultó adversa a los intereses de diverso poblado, y éste, por conducto de su representante comunal, promueve juicio de amparo, tal situación cabe comprenderla dentro de las facultades del representante comunal designado conforme al artículo 315 del Código Agrario derogado, ya que constituye una fase adicional en la defensa de los intereses colectivos del núcleo de población comunal afectado, a fin de dirimir el conflicto de límites planteado. Además, si en autos no está demostrada la existencia de un comisariado de bienes comunales del poblado de referencia que represente al núcleo de población ante las autoridades administrativas o judiciales, en los términos de los artículos 22, 32 y 43, fracción I, del Código Agrario derogado, en caso de no reconocerse al representante comunal legitimación procesal para promover el juicio de garantías, podría llegarse al extremo de dejar al poblado quejoso en estado de indefensión.
Precedentes
Amparo en revisión 6613/76. Comunidad "San Francisco de Capomas", Municipio de Guasave, Sinaloa y acumulados. 25 de agosto de 1977. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Secretaria: Fausta Moreno Flores.
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volumen 82, página 23. Amparo en revisión 1644/75. Santos del Angel y otros. 30 de octubre de 1975. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Secretario: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia.
Volumen 33, página 13. Amparo en revisión 1836/71. Poblado de Santacruz Yagavila, Distrito de Ixtlan, Oaxaca. 9 de septiembre de 1971. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Secretaria: Fausta Moreno Flores.
Nota:
En el Volumen 82, página 23, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. REPRESENTANTE COMUNAL. LEGITIMACION PROCESAL ACTIVA EN AMPARO.".
En el Volumen 33, página 13, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. BIENES COMUNALES. AMPARO PROMOVIDO POR EL REPRESENTANTE COMUNAL. SU LEGITIMACION PROCESAL ACTIVA.".
En el Informe de 1971, 1975, 1977 y Apéndice 1917-1985, página 24, la tesis aparece bajo el rubro "REPRESENTANTE COMUNAL, AMPARO PROMOVIDO POR. SU LEGITIMACION PROCESAL ACTIVA.".