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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238157
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Tercera Parte; Pág. 18
AGRARIO. EMPLAZAMIENTO. COMPRENDE TRASLADO DE ACLARACION Y AMPLIACION DE LA DEMANDA.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Tercera Parte; Pág. 18
En caso de advertirse que únicamente se corre traslado al poblado tercero perjudicado de las demandas iniciales de garantías y no así del escrito de aclaración y ampliación de dichas demandas presentadas ante el mismo Juez de Distrito no obstante que el a quo ordena correrle traslado de las referidas ampliaciones de las demandas de amparo iniciales, se incurre en violaciones a las reglas fundamentales que norman el procedimiento que ameritan su reposición, en los términos de lo dispuesto por el artículo 91, fracción IV, de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo en revisión 4916/76. Esteban Torres Lample y otros (acumulados). 13 de abril de 1977. Cinco votos. Ponente: Arturo Serrano Robles.
Nota: Apéndice 1917-1985, página 145, la tesis aparece bajo el rubro "EMPLAZAMIENTO. COMPRENDE TRASLADO DE ACLARACION Y AMPLIACION DE LA DEMANDA.".