Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/238161
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238161
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Tercera Parte; Pág. 20
AGRARIO. INAFECTABILIDAD, CERTIFICADO DE. AMPARA SOLAMENTE A PREDIOS ESPECIFICADOS EN EL PROPIO DOCUMENTO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Tercera Parte; Pág. 20
La estabilidad del derecho de inafectabilidad únicamente se refiere a los predios que especifica el certificado respectivo, mas no puede extenderse esa estabilidad a todos los predios que con posterioridad adquieran los propietarios de los predios que se encuentran protegidos con el propio certificado.
Precedentes
Amparo en revisión 5557/74. Clotilde de la Torre viuda de Núñez y otros. 16 de junio de 1977. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Secretaria: Fausta Moreno Flores.
Nota: En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "INAFECTABILIDAD, CERTIFICADO DE. AMPARA SOLAMENTE A PERSONAS Y PREDIOS ESPECIFICADOS EN EL PROPIO DOCUMENTO.".