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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238204
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Tercera Parte; Pág. 136
AGRARIO. EJECUCION COMPLEMENTARIA DE RESOLUCIONES PRESIDENCIALES. FACULTADES PARA REALIZARLA CUANDO NO HAN SIDO CUMPLIMENTADAS EN SUS TERMINOS.
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Tercera Parte; Pág. 136
Para cumplimentar en sus términos exactos una resolución presidencial dotatoria o ampliatoria de ejido, las autoridades agrarias están facultadas legalmente para ordenar y realizar ejecuciones complementarias, precisamente porque la propia resolución no ha sido ejecutada en su totalidad.
Precedentes
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volumen 67, página 21. Amparo en revisión 342/73. Amalia Pesquera de Sescosse. 3 de julio de 1974. Cinco votos. Ponente. Alberto Jiménez Castro.
Volumen 88, página 16. Amparo en revisión 1568/75. Salvador Sánchez Sánchez. 1o. de abril de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Volúmenes 91-96, página 28. Amparo en revisión 6024/74. Sergio Elías Trolle Mortera y otros. 28 de octubre de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Volúmenes 97-102, página 15. Amparo en revisión 459/76. Arturo Murillo Monge. 25 de febrero de 1977. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Secretaria: María Antonieta Azuela Güitrón
Volúmenes 97-102, página 15. Amparo en revisión 3902/76. Manuel Pijoam Beristaín y otros. 3 de marzo de 1977. Cinco votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro.
Nota:
En el Informe de 1979, la tesis aparece bajo el rubro "EJECUCION COMPLEMENTARIA DE RESOLUCION DOTATORIA O AMPLIATORIA DE EJIDO. FACULTADES PARA REALIZARLA CUANDO NO HA SIDO CUMPLIMENTADA EN SUS TERMINOS.".
En el Apéndice de 1917-1985, página 117, la tesis aparece bajo el rubro "EJECUCION COMPLEMENTARIA DE RESOLUCIONES PRESIDENCIALES. FACULTADES PARA REALIZARLA CUANDO NO HAN SIDO CUMPLIMENTADAS EN SUS TERMINOS.".