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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238208
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Tercera Parte; Pág. 138

AGRARIO. MANDAMIENTOS GUBERNAMENTALES. EJECUCION. ACTO DE IMPOSIBLE REPARACION. AMPARO PROCEDENTE.

[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 97-102, Tercera Parte; Pág. 138

Precedentes

Séptima Epoca, Tercera Parte: Volumen 62, página 19. Amparo en revisión 3684/73. Comisariado Ejidal del Poblado "Pedernales", Municipio de Tacámbaro, Michoacán. 14 de febrero de 1974. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Secretario: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Volúmenes 91-96, página 39. Amparo en revisión 2742/76. Arturo Olivas Molina y otros. 14 de octubre de 1976. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Secretaria: Fausta Moreno Flores. Volúmenes 91-96, página 39. Amparo en revisión 3420/76. Luis Valenzuela Bonilla. 14 de octubre de 1976. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Secretario: María Antonieta Güitrón. Volúmenes 91-96, página 39. Amparo en revisión 6517/75. Amadeo González Uscanga. 17 de noviembre de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Eduardo Langle Martínez. Volúmenes 97-102, página 22. Amparo en revisión 6551/76. José Uribe Andalón. 4 de mayo de 1977. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Nota: En el Informe de 1977 y en el Apéndice de 1917-1985, página 210, la tesis aparece bajo el rubro "MANDAMIENTOS GUBERNAMENTALES. EJECUCION. ACTO DE IMPOSIBLE REPARACION. AMPARO PROCEDENTE.".
Registro digital (IUS): 238208