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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238238
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 91-96, Tercera Parte; Pág. 63

CONCEPTOS DE VIOLACION. NO EXPRESADOS, DEBE SOBRESEERSE EL AMPARO Y NO NEGARSE.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 91-96, Tercera Parte; Pág. 63

Precedentes

Amparo en revisión 2829/75. Gregoria Sandoval viuda de Añorve. 1o. de julio de 1976. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Cuarta Parte, Tercera Sala, tesis 119, página 353, tesis de rubro "CONCEPTOS DE VIOLACION. CUANDO NO EXISTEN DEBE SOBRESEERSE EL AMPARO Y NO NEGARLO.".
Registro digital (IUS): 238238