Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/238239
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238239
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 91-96, Tercera Parte; Pág. 65

DEMANDA DE AMPARO, ENTENDIMIENTO DE LA, POR EL JUEZ.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 91-96, Tercera Parte; Pág. 65

Precedentes

Amparo en revisión 5675/75. Graciela Martínez Ostos de Ortiz. 7 de octubre de 1976. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 76, Tercera Parte, página 35, tesis de rubro "DEMANDA DE NULIDAD FISCAL. INTERPRETACION. PROCEDE EFECTUARLA PARA DETERMINAR CON EXACTITUD LA INTENCION DEL ACTOR.".
Registro digital (IUS): 238239