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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238250
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 91-96, Tercera Parte; Pág. 97
REVISION EN JUICIOS ACUMULADOS, Y REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 91-96, Tercera Parte; Pág. 97
Aunque la acumulación tiene por objeto que los juicios que se acumulan se resuelvan en una sola sentencia para evitar resoluciones contradictorias, no por ello dichos juicios pierden su individualidad. Cuando el recurso de revisión no se hace valer en todos, sino sólo en algunos de los juicios acumulados, la materia de la revisión ha de circunscribirse a estos últimos; sin que para ello obste que por algún motivo proceda ordenar la reposición del procedimiento, hipótesis en la cual tal reposición debe referirse exclusivamente a los juicios acumulados en que se interpuso el recurso de revisión.
Precedentes
Amparo en revisión 5594/75. Comunidad Agraria de la Joya, Municipio de Tamazula, Jalisco. 21 de octubre de 1976. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Secretario: Marcos Arturo Nazar Sevilla.
Amparo en revisión 864/76. Raúl García Moguel y otros (acumulados). 28 de julio de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Secretario: Luis Tirado Ledesma.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 22, Primera Parte, página 13, tesis de rubro "ACUMULACION. EFECTOS EN LA REVISION.".
Nota: En el Informe de 1976, la tesis aparece bajo el rubro "REVISION, RECURSO DE, TRATANDOSE DE JUICIOS ACUMULADOS. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO.".