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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238261
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 91-96, Tercera Parte; Pág. 117
AGRARIO. EJECUCION INCORRECTA DE RESOLUCIONES PRESIDENCIALES. DEMOSTRACION. PERICIAL ES LA PRUEBA IDONEA.
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 91-96, Tercera Parte; Pág. 117
Cuando se reclama en materia agraria la indebida ejecución de una resolución presidencial, se considera que la pericial es la prueba idónea para ese efecto, por ser necesario que se demuestre a través del dictamen autorizado de un perito la exacta ubicación de cada una de las fracciones que dicen los quejosos haber adquirido, lo que permite identificar técnicamente sus terrenos en relación con los que posiblemente fueron afectados por la resolución presidencial y demostrar así que de llevarse a cabo la diligencia de ejecución, sus propiedades y posesiones se hubiesen afectado total o parcialmente sin estar comprendidas en la mencionada resolución. Consecuentemente, la documental consistente en los planos de los terrenos no basta por sí sola para probar la ejecución indebida de resolución presidencial agraria que se reclama en amparo.
Precedentes
Séptima Epoca, Tercera Epoca:
Volumen 62, página 23. Amparo en revisión 2126/73. Víctor Manuel Martínez Medina y otros. 21 de marzo de 1974. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Secretaria: Fausta Moreno Flores.
Volumen 67, página 22. Amparo en revisión 2823/73. Silvestra Lerma Mares viuda de Solís y coagraviados. 3 de julio de 1974. Cinco votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro.
Volumen 90, página 16. Amparo en revisión 6058/75. María del Socorro Lara de Pérez. 7 de junio de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Antonio Rocha Cordero.
Volúmenes 91-96, página 32. Amparo en revisión 2338/76. Argentina García Cepeda de Meléndez. 30 de septiembre de 1976. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Secretario: Luis Tirado Ledesma.
Volúmenes 91-96, página 32. Amparo en revisión 2517/76. Ramón Salazar Pérez. 14 de octubre de 1976. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Secretario: Luis Tirado Ledesma.