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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238281
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 90, Tercera Parte; Pág. 43

IMPORTANCIA TRASCENDENTE PARA EL INTERES NACIONAL. CASO EN QUE SE PLANTEA UNA CUESTION RELACIONADA CON EL PATRIMONIO DE LA NACION.

[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 90, Tercera Parte; Pág. 43

Precedentes

Séptima Epoca, Tercera Parte: Volumen 23, página 82. Amparo en revisión 3193/69. Balneario de San Bartolo, S.A. 6 de noviembre de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Volumen 35, página 35. Amparo en revisión 8774/43. Edmundo A. Villarreal y coagraviados. 8 de noviembre de 1971. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Volumen 47, página 57. Amparo directo 1613/70. Compañía "Agua Azul Mahogani Company", S. de R.L. 30 de noviembre de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Volumen 67, página 35. Amparo en revisión 547/74. Manuel Figueroa Delgado y otros (acumulados). 10 de julio de 1974. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Volumen 80, página 37. Amparo en revisión 5375/73. Cámara Nacional de la Industria de la Construcción. 27 de agosto de 1975. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Registro digital (IUS): 238281