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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238287
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 88, Tercera Parte; Pág. 17
AGRARIO. EJECUCION INCORRECTA DE RESOLUCIONES PRESIDENCIALES. PRUEBA NECESARIA AUNQUE SE CUENTE CON CERTIFICADO DE INAFECTABILIDAD.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 88, Tercera Parte; Pág. 17
Que las tierras de los quejosos constituyan pequeñas propiedades inafectables, no es óbice para que los mismos deban aportar al juicio la prueba idónea, que en el caso es la pericial, para demostrar la afectación probando a través del dictamen autorizado de un perito la exacta ubicación de cada una de las fracciones que los quejosos afirman que son de su propiedad, para precisar técnicamente que sus terrenos fueron afectados en la ejecución de la resolución presidencial dotatoria a favor del poblado tercero perjudicado. Por lo tanto, al no hacerlo así, es inconcuso que no se acreditó la afectación de sus intereses jurídicos, y, por ende, que procede el sobreseimiento del amparo.
Precedentes
Amparo en revisión 6486/75. Angel Franco Hernández y otros. 28 de abril de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Serrano Robles.